lunes, 15 de diciembre de 2008

Expropiación Agraria realizó Costa Rica, país ejemplar en democracia y justicia social...


Colocado en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
Bonos Agrarios IDA 1982
6837

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Hacienda, y dentro del plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de publicación de esta ley, emitirá un título de la deuda pública por la suma de ¢ 1.000.000.000 (mil millones de colones), que deberá entregar al Instituto de Desarrollo Agrario para los fines que contempla la Ley Orgánica de esa Institución, en las siguientes partidas cada año: 1982, ¢250.000.000 (doscientos cincuenta millones); 1983, ¢250.000.000 (doscientos cincuenta millones); 1984, ¢250.000.000 (doscientos cincuenta millones) 1985, ¢250.000.000 (doscientos cincuenta millones).
Artículo 2º.- Los bonos agrarios a que se refiere esta ley se denominarán bonos IDA 1982; tendrán el pleno respaldo del Estado y estarán exentos, incluso sus intereses, de toda clase de impuestos, presentes y futuros.
Artículo 3º.- Los bonos serán emitidos en valores de mil, diez mil, veinte mil, cincuenta mil y un millón de colones y devengarán el tipo de interés del dieciséis por ciento anual. El Número y los valores de los bonos serán especificados en el reglamento que deberá redactarse.
Artículo 4º.- El Gobierno Central, a través del Ministerio de Hacienda, tendrá a su cargo la atención del servicio de la deuda de los bonos autorizados por esta ley. Consecuentemente se incluirá en el presupuesto ordinario de la República, anualmente, la suma necesaria para la atención de la deuda.
La Asamblea Legislativa no aprobará ningún presupuesto del Gobierno Central, si no se cumple con la obligación establecida en el presente artículo.
Artículo 5º.- El Banco Central de Costa Rica será el encargado, como administrador de rentas, de la atención y pago de los bonos y cupones de intereses, así como de su manejo y contabilidad.
Artículo 6º.- El Estado, los bancos del Sistema Bancario Nacional, sus dependencias y sucursales, así como las demás instituciones autónomas y semiautónomas del Estado quedan autorizados para comprar como inversión, los bonos emitidos por esta ley, los que se considerarán como valores mobiliarios de primera clase, de absoluta seguridad y liquidez. Los bancos comerciales podrán también, colocar estos bonos entre particulares con pacto de retroventa, a la par con los intereses al día. Asimismo, los bancos comerciales quedan obligados a recibir estos bonos a la par como garantía de deudas.
Artículo 7º.- Los bonos se denominarán Bonos IDA 1982 y serán pagados en un plazo de ocho años. La amortización se hará mediante sorteos anuales, o llamada de pago, a la par, del saldo de los bonos en circulación.
Artículo 8º.- Los bonos que por esta ley se autorizan serán usados libremente por el Instituto de Desarrollo Agrario en toda clase de operaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 9º.- Rige a partir de su publicación.
Colocado en Internet con el auspicio de
SABORIO & COTO
A B O G A D O S
Costa Rica - Desde 1983
Costa Rica
Normativa de la Administración Pública

sábado, 13 de diciembre de 2008

EXPROPIADOS AGRARIOS, sugerimos sociedad por deuda en el puerto del Callao...


El Callao se encuentra entre los 100 mayores terminales portuarios del mundo.
El desarrollo portuario nacional no se retraerá por la crisis financiera mundial; por el contrario, para el 2009 se esperan inversiones por más de US$ 1,000 millones afirmó el presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), Frank Boyle.

En ese sentido, resaltó que un grupo de inversionistas continúa interesado en el sector portuario peruano a pesar de la turbulencia. Así, ochos consorcios de Asia, Europa, Europa, EE UU e incluso peruanos están interesados en la concesión del puerto de Paita, cuya inversión ascendería a US$ 100 millones.
Boyle dijo esperar que en febrero pueda entregarse esa concesión luego de la respectiva revisión del proceso de parte del regulador Ositran) y de la Contraloría.
También refirió que espera la adjudicación del puerto de San Martín en Pisco para mediados del 2009, cuya inversión asciende en la primera etapa a US$ 75 millones, la concesión del terminal de San Juan de Marcona en Ica (US$ 170 millones) y de los puertos amazónicos de Yurimaguas, Pucallpa e Iquitos, que demandarán una inversión de US$ 50 millones.

Socio estratégico para el Callao
El presidente de la Empresa Nacional de Puertos (Enapu), Mario Arbulú, afirmó que el ministro de Transportes, Enrique Cornejo, aún no define la probable invitación a concurso público internacional a los diez más grandes operadores portuarios para seleccionar al socio estratégico para el Muelle Norte y Centro del Callao.

El dato
Enapu también informó que el 31 de diciembre llegarán las dos grúas pórtico para el Callao, las cuales quintuplicarán la productividad del puerto chalaco. En esa misma fecha, el Callao llegará al millón 300 mil contenedores de 20 pies. Por primera vez en la historia del Perú, el puerto del Callao está incluido en el puesto 92 de la lista Top 100 de los puertos más grandes en el tráfico de contenedores.

viernes, 12 de diciembre de 2008

La ley es la ley, lo ancho para mi, lo angosto pa ti... EXPROPIADOS AGRARIOS


El Mandatario aseguró que el gobierno tiene como objetivo restablecer plenamente el orden legal y ciudadano en el país, y hacer como señala la Constitución, cumplir y hacer cumplir las resoluciones judiciales.

Señor Presidente Alan García Pérez, demande hoy al Ministro de Justicia tomar una decisión definitiva en el caso de los EXPROPIADOS AGRARIOS, le pedimos que con esa prontitud de hacer respetar la ley, como en el caso del Mercado Santa Anita que pidió no alargar la situación que “ya pareció una agonía”, esperamos que por ser de justicia sea de la misma manera en nuestro caso.

NUESTRO CASO:
El Tribunal Constitucional, al sentenciar tres acciones de inconstitucionalidad, ha fijado el derecho de los Expropiados a obtener el pago del valor actualizado de las prestaciones indemnizatorias más los intereses que correspondan de acuerdo a ley. Estas sentencias han sido integradas por la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema.
Sin embargo, la posición del Ministro desacata el mandato del Tribunal Constitucional, contraviene el expreso reconocimiento de la Ley y pretende otorgar relevancia jurídica al sistemático incumplimiento de la Constitución, la Ley de Presupuesto y la Ley del Sistema de Endeudamiento Público que lo obligan a mantener un registro actualizado de la Deuda Pública.
Al cabo de 40 años de confiscación, los ciudadanos peruanos víctimas de la arbitrariedad y la confiscación, son obligados por los burócratas a postular una demanda judicial para realizar un derecho que el Tribunal Constitucional y la ley han fijado como incuestionable.

Sucedió así: ¿Faltó decisión política, imaginación para la solución de Bonos de la Reforma Agraria?


Congreso aprueba pago de los bonos de la Reforma Agraria

(2006-03-24) De acuerdo con el proyecto, la deuda podrá llegar a los US$3.121 millones
Por el costo fiscal que implica, el Ejecutivo observará la ley del Congreso
Con solo 59 congresistas en la sala, el pleno del Congreso --si así se le puede llamar a una reunión en la que faltó más de la mitad de parlamentarios-- aprobó por 35 votos a favor, 8 en contra y 16 abstenciones el proyecto de ley de seguridad jurídica para el saneamiento físico legal de predios afectados por el proceso de Reforma Agraria. Gracias a este, se crea un mecanismo para que aquellos bonos emitidos por el gobierno de facto del general Juan Velasco Alvarado, que quedaron impagos, sean por fin cancelados.
De acuerdo con el proyecto aprobado por el Congreso, el pago de la deuda se realizará a través de la emisión de nuevos bonos denominados Bonos Actualizados de la Deuda Agraria, los que se pagarán al vencimiento (en 15 años) y a una tasa de interés de 6,7% anual (ajustado por inflación mediante el mecanismo del Valor Adquisitivo Constante-VAC).
Según estimaciones preliminares realizadas por la Comisión Multisectorial que el 15 de julio del 2001 se creé para encontrarle una solución al problema de los acreedores, la deuda ascenderá a US$3.121 millones (al ajustarse por el índice de precios al consumidor de Lima la deuda nominal de 2.611,09 millones de soles oro).
En total, serán 4.108 los tenedores de bonos de la Reforma Agraria, siendo el 20% de ellos acreedores del 80% de la deuda impaga. Sin embargo, ese cálculo fue realizado por la comisión sobre la base de los certificados emitidos (no todos fueron colocados), por lo que la deuda y el número de acreedores podrá ser inferior.
No prosperará
Sin embargo, en el MEF aseguran que no existe registro formal de quienes son los afectados o de a cuanto asciende la deuda, por lo que consideran que será muy complicado el proceso de acreditación. Además, no todos fueron expropiados, existen personas que están en proceso de expropiación y otras que fueron afectadas, pero sin juicio de por medio.
Pero lo más importante para el MEF, cuyos funcionarios quedaron sorprendidos ante el anuncio de que el Congreso aprobó el proyecto de ley, es que no existe dinero para cubrir el pago. Lo peor de todo, indicaron, es que el Congreso es consciente de ello y no ha pensado en su financiamiento. Por ello, sostuvieron, el Ejecutivo observar el proyecto de ley.
Se quiso obtener la posición de la Asociación de Afectados por Expropiación de la Reforma Agraria (Adaepra), pero fue imposible ubicar a su presidente, Fernando Sabogal. Sin embargo, en conversación previa con este Diario, considera que el pago es factible, toda vez que los bonos pueden ser canjeados por tierras para proyectos forestales o de otra índole, así como para la adjudicación de concesiones o pago de tributos.
La Ley 15037 (21/05/64) permitió que se modificara la Constitución de 1933 para poder expropiar tierras con fines de reforma agraria mediante el pago con bonos.
El Decreto Ley 17716 (24/06/69) expropia las tierras rusticas y las adjudica a los campesinos que las trabajaban.
El Decreto Legislativo 653 (01/08/91) establece que la valorización y cancelación de las expropiaciones será a precio de mercado y en efectivo.
El Decreto de Urgencia 088-2000 (10/10/2000) estableció el procedimiento para la acreditación y pago de la deuda, pero nunca se reglamentó.

jueves, 11 de diciembre de 2008

Reforma Agraria: Seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza, basado en el respeto a los derechos de propiedad y principios de la igualdad.


"Proponemos una reforma agraria y un proceso de desarrollo rural más centrado en los pobres, que cuente con la participación de la sociedad civil, y que sea sensible a los asuntos de género y ambiente", según la carta de principios aprobada por las delegaciones de 80 países que participaron en la reunión.

El nuevo modelo "debe contribuir a la seguridad alimentaria y a la erradicación de la pobreza, basado en el respeto a los derechos de propiedad y principios como la igualdad, la inclusión social, que exige generar empleos para los sin tierra y elevar la renta de los pequeños productores, y la preservación del ambiente y de la cultura de los habitantes de las zonas rurales", añade el texto.

La reforma agraria es necesaria para combatir la pobreza en el mundo, ya que la mayoría de los pobres viven en regiones rurales, pero no se limita a distribuir tierras, sino que tiene que tener en cuenta las nuevas variables que generan pobreza en el campo, concluyeron los participantes en el encuentro organizado por la FAO.

La reunión, convocada 27 años después de la primera Conferencia de la FAO sobre el asunto (Roma, 1979), puso la reforma agraria de nuevo en la agenda mundial ante la necesidad de que el combate a la pobreza que se propuso la ONU comience por el campo.

Según los cálculos de Naciones Unidas, cerca de 852 millones de personas en todo el mundo tiene dificultades para alimentarse adecuadamente, de ellas el 75 por ciento en las áreas rurales.

La FAO considera que, sin una reforma agraria eficiente, el número de pobres seguirá creciendo, en lugar de caer a la mitad como se propuso la ONU entre sus objetivos del milenio.

Los negociadores coincidieron que no existe un modelo único de reforma debido a las particularidades de cada país, por lo que redactaron una "Carta de Principios" con recomendaciones generales.

Uno de tales principios es la necesidad de que los proyectos sean discutidos con representantes de la sociedad, en especial con grupos de campesinos sin tierra y pequeños productores, y que garantice los derechos de las mujeres, de las comunidades tradicionales y pueblos indígenas, de los pescadores y de los pueblos de los bosques.

Otro principio indica que, para ser equitativos y efectivos, los proyectos exigen simultáneamente "políticas públicas permanentes" de asistencia técnica, crédito y capacitación.

domingo, 7 de diciembre de 2008

jueves, 4 de diciembre de 2008

Expropiados Agrarios proponen otra manera de pago...


Cinco mil procesos de pérdida de dominio se iniciarán el próximo año en Perú, estiman
* Lima, dic. 04 (ANDINA).- El viceministro de Justicia, Erasmo Reyna, informó que en el año 2009 se espera iniciar por lo menos cinco mil procesos de pérdida de dominio, con el fin de lograr que los bienes obtenidos ilícitamente por organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico pasen a poder del Estado.

“Según la Procuraduría Antidrogas, en el país tenemos 45 mil casos. De ellos podríamos iniciar cinco mil procesos, específicamente a gente que se encuentra en situación de contumacia o ausencia, es decir, que se le ha incautado bienes, vehículos, aeronaves, muebles y nunca se han presentado al proceso o comparecieron y no volvieron a aparecer”, explicó

Reyna opinó que con ello se podría encontrar un espacio para convertir a la Ley de Pérdida de Dominio en un instrumento eficaz para que el Estado pueda poseer estos bienes ilícitamente obtenidos.

“En nuestro país tiene pocos meses de vigencia pero si queremos luchar de manera frontal y sistémica contra esta alianza siniestra del narcotráfico y el terrorismo, además del crimen organizado, debemos entender que la Ley de Pérdida de Dominio es un arma eficaz que debería comprometernos a todos los que nos encontramos en el camino de su aplicación”, dijo a RPP.

El viceministro se encuentra en Bogotá al frente de una delegación peruana que busca asimilar los 16 años de experiencia colombiana en la aplicación de Ley de Extinción de Dominio, que ha permitido que diez mil bienes muebles e inmuebles -entre grandes hoteles, casas de lujo, buques y fincas- pasen a propiedad del estado colombiano.

La delegación está integrada también por el juez del Cuarto Juzgado Supraprovincial, Segismundo León; el fiscal Provincial Especializado en Criminalidad Organizada, Eduardo Castañeda; entre otras autoridades.

El grupo participa en una pasantía en materia de Extinción del Derecho de Dominio, que forma parte del proyecto denominado “Fortalecimiento del conocimiento y aplicación del proceso de Pérdida de Dominio a nivel nacional”, que desarrolla el MinJus con apoyo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD).

La ocasión ha sido propicia para coordinar la suscripción de un convenio entre los ministerios de Justicia de ambos países, con el fin de reforzar en el Perú la aplicación de la pérdida de dominio de los bienes incautados a los narcotraficantes.

“Lo que buscamos con el convenio es trasladar la experiencia colombiana y todo el sistema de gestión que les ha permitido aplicar exitosamente al perdida de dominio”, explicó.